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Juez constitucional cuestiona política del Intrant que limita renovación de licencias a mayores de 65 años.

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Juez José Alejandro Vargas
Juez José Alejandro Vargas

 

José Alejandro Vargas advierte que la medida podría vulnerar principios de igualdad y dignidad humana consagrados en la Constitución dominicana.

Por José Espinal Marcelo | Vértice critico.

Juez José Alejandro Vargas
Juez José Alejandro Vargas

Santo Domingo. Una disposición administrativa del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) que reduce a dos años la vigencia de las licencias de conducir para personas mayores de 65 años ha abierto un nuevo debate sobre discriminación etaria, derechos fundamentales y envejecimiento en la República Dominicana.

El juez del Tribunal Constitucional, José Alejandro Vargas, criticó públicamente la normativa luego de vivir personalmente la experiencia durante un trámite de renovación de licencia el pasado viernes. Según explicó, acudió a una oficina del Intrant esperando renovar el documento por el período ordinario de cuatro años, pero funcionarios le informaron que, debido a su edad, solo podía obtener una renovación válida por dos años.

La explicación ofrecida, relató el magistrado, fue que después de los 65 años aumentan los riesgos de salud que podrían afectar la seguridad vial.

La respuesta, sin embargo, detonó en Vargas una preocupación más profunda que la simple incomodidad burocrática. El juez sostuvo que la medida transmite una presunción generalizada de incapacidad basada exclusivamente en la edad y contradice principios constitucionales de igualdad y no discriminación.

“La edad no debe operar, por sí sola, como una presunción administrativa de incapacidad”, expresó el magistrado, al considerar que la disposición termina afectando la dignidad de los adultos mayores.

Vargas afirmó que la política pública, aplicada de manera automática, coloca a miles de ciudadanos bajo un criterio restrictivo que no evalúa condiciones individuales de salud, capacidades cognitivas ni aptitudes reales para conducir. A su juicio, el enfoque reduce el envejecimiento a una categoría de sospecha administrativa.

El debate emerge en un contexto regional donde varios países han endurecido controles para conductores de edad avanzada, argumentando razones de seguridad vial y prevención de accidentes. No obstante, organizaciones defensoras de derechos humanos y especialistas en envejecimiento han advertido que muchas de esas políticas corren el riesgo de transformarse en mecanismos de exclusión social cuando sustituyen evaluaciones médicas individualizadas por límites automáticos de edad.

El juez recordó que el propio Tribunal Constitucional ha sostenido en decisiones anteriores que el Estado tiene la obligación no solo de abstenerse de discriminar, sino también de ofrecer protección reforzada a sectores vulnerables, incluyendo a las personas envejecientes.

La controversia también coloca bajo escrutinio el delicado equilibrio entre seguridad pública y derechos fundamentales. Expertos en derecho constitucional señalan que cualquier restricción diferenciada basada en la edad debe superar criterios de razonabilidad, proporcionalidad y justificación técnica objetiva.

Hasta el momento, el Intrant no ha emitido una posición oficial sobre las declaraciones del magistrado ni sobre los fundamentos técnicos y jurídicos de la medida.

Mientras tanto, el caso ha comenzado a generar reacciones en círculos jurídicos y ciudadanos, donde crece el cuestionamiento sobre si el envejecimiento debe ser tratado como una condición de riesgo automática o como una etapa de la vida que exige políticas públicas más precisas, humanas y constitucionalmente equilibradas.

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